jueves, 1 de octubre de 2009

Nuevo Código Procesal Penal en Moquegua

Nuevo Código Procesal Penal deja un sabor amargo en los litigantes
CONDENA POPULAR A MALOS FISCALES




(El Rotativo 01 de ocubre de 2009) Moquegua.- A pesar que algunos jueces y fiscales (más de 60, de los cuales más del 90 % provisionales y suplentes) sacaron pecho hablando de grandes logros en la administración de justicia, el primer año de vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Moquegua, dejó un sabor amargo en la población litigante de la provincia de Mariscal Nieto.
La disconformidad colectiva queda de alguna u otra manera reflejada en el sondeo de opinión realizado por este medio a mediados de abril de 2009, tomando como referencia medio centenar de litigantes que (por razones del destino) tuvieron que verse las caras en la Fiscalía Penal Corporativa de Mariscal Nieto.

Opinión sobre labor de fiscales
Alternativas Conteo F %
Muy Buena 00 00.00
Buena 02 04.00
Regular 06 12.00
Mala 30 60.00
Pésima 10 20.00
N/O 02 04.00
TOTAL 50 100.00

De los 50 entrevistados en torno a la labor de los fiscales durante el primer año de vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, 60 % opina que fue mala, 20 % dice que fue pésima, mientras que apenas el 12 % la califica de regular y el 4 % de buena.
Los consultados, visiblemente decepcionados por el papel de los representantes del Ministerio Público, afirman que sigue habiendo lentitud en las investigaciones preliminares y preparatorias, así como implícita parcialización a favor de los imputados, sobre todo cuando se trata de gente que se pudre en plata.
Teófilo Luque Arapa, uno de los dirigentes que superó las 10 denuncias penales en contra de aquellos funcionarios que bucean en el lodo de la corrupción, denunció que los fiscales suplentes y provisionales se dedicaron a archivar procesos.

CASO Nº 219-2008
En el proceso seguido por una anciana de más de 70 años en contra de un peligroso sujeto que estuvo a punto de quitarle la vida en el distrito de Carumas, desde los efectivos policiales hasta los fiscales, al parecer, se esmeraron en buscar impunidad, en lugar de perseguir el delito y aplicar la ley.
Con Disposición Fiscal Nº 239-2008 (30-04-2008) el Fiscal Provincial opta por el archivamiento, aduciendo, entre otros argumentos, que “…sólo existe la mera sindicación hecha por la denunciante, sin considerar que el sujeto fue detenido y puesto a disposición de la Comisaría por parte de un miembro de seguridad vecinal del distrito, además de existir múltiples contradicciones en sus declaraciones.
El 10 de junio de 2008, la Fiscalía Superior con Disposición Nº 77 deja nula la errada disposición del Fiscal Provincial y dispone una confrontación entre el denunciado y la denunciante, así como entre el denunciado y el testigo principal; pero misteriosamente, sin haber realizado ninguna de estas diligencias, el Fiscal Provincial, usando los argumentos de la primera vez, con fecha 1º de octubre de 2008 vuelve a buscar el archivamiento con Disposición Fiscal Nº 002-2008.
Nuevamente, a solicitud de la denunciante, la Fiscalía Superior, mediante Disposición Nº 164-2008 (20-10-2008) revoca la Disposición del Fiscal Provincial 002-2008, y declara que se proceda a formalizar y continuar con la investigación preparatoria.
El 04 de noviembre de 2008, con Disposición Nº 004-2008, el Fiscal Provincial formaliza la investigación preparatoria, estableciéndose el careo entre denunciante y el denunciado, así como entre el testigo y el denunciado, en ambos casos con presencia del Ministerio Público.
Sospechosamente, el 17 de marzo de 2008, sin haber realizado ninguno de los careos, muy fresco y suelto de huesos, el Fiscal (P) de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, Abog. César Jiménez, adopta la fácil decisión de solicitar el sobreseimiento del caso, con los argumentos de siempre.
Lo más sorprendente, es que el fiscal provincial, tomó como una de las consideraciones para el sobreseimiento, el Parte Policial Nº 13, firmado por el comisario de Carumas Fernando Neira Rojas y el instructor Ernesto Guevara Torres, en el cual aparte de torcer el contenido literal de la declaración de la denunciante, quisieron hacer ver que ésta se cayó sola al barranco, incoherencia que abre muchas sospechas en los policías, dejando fluir una deficiente investigación.
“Han pasado más de 14 meses de investigación infructífera, la persona que me atacó sigue disfrutando de injustificada impunidad, he gastado el escaso dinero que tenía, he perdido mi tiempo, y estoy cada vez más grave de salud producto del cruel atentado que sufrí, pero desgraciadamente, Señor Juez, aún no encuentro ni sé si encontraré justicia”, afirma la veterana.
¿Qué o cuánto recibieron los policías para falsear la declaración de la denunciante? ¿Por qué no realizaron las diligencias (careos) dispuestos? ¿Qué razones tan poderosas inducen a los fiscales a buscar el archivamiento? ¿De cuál lado está la conducta funcional de los fiscales que vieron este caso? ¿Los ancianos no tienen derecho a encontrar justicia? ¿Dónde están las mentadas bondades del Nuevo Código Procesal Penal? La respuesta a éstas y otras inquietudes, las plasmaremos (con documentos al canto) al finalizar la investigación periodística que recién comienza sobre uno de los tantos casos que dejan amargas experiencias entre los justiciables. (Unidad de Investigación).

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